Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120504-129
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2
EDICTO
Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 991 de 2011-L de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Estefnía Moreno Yela, contra “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, don Luis Granizo Domínguez, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado citar a “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, don Luis Granizo Domínguez, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, y “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en este Juzgado para la celebración del acto de conciliación ante el Secretario Judicial el día 27 de junio de 2012, a las doce y veinticinco horas, y el mismo día a las doce y treinta horas para la celebración, en su caso, del acto de juicio, y al objeto de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, en calidad de demandado, como representante legal de las empresas demandadas. Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto de juicio para la práctica de la prueba (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio. A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Se requiere igualmente a los demandados a fin de que en el acto de la vista aporten copia del contrato de trabajo de la actora y nóminas correspondientes al último año de prestación de servicios.
Tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 2, sito en la avenida del Ejército, número 12, primera planta (edificio de servicios múltiples), de Guadalajara, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma al representante legal de las empresas “Ferretería Industrial Granizo, Sociedad Limitada”, “Aluminio e Inoxidables Arriacense, Sociedad Limitada”, “Alquiler y Rep. Henares, Sociedad Limitada”, “Puertas y Maquinaria, Sociedad Limitada”, “Bricolage Guadalajara, Sociedad Limitada”, y a don Luis Granizo Domínguez, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara, a 11 de abril de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/14.012/12)

