Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 93

Fecha del Boletín 
19-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

181
Demanda 979 de 2011

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 979 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Patricia Fasanelli, contra doña Marta Belda Ruiz Jiménez, “Romabe 2002, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

En Madrid, a 5 de marzo de 2012.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha dictado en nombre del Rey la siguiente

Sentencia número 104 de 2012

En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad seguidos entre las partes: de la una, y como demandante doña Silvia Patricia Fasanelli, con número de identificación de extranjería X-5107089-P, defendida por el letrado don Santiago Moreno Recio, y de la otra, y como demandados, “Romabe 2002, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Vistos los preceptos legales de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que teniendo a la parte actora por desistida de su pretensión de resolución de contrato, y estimando la demanda formulada por doña Silvia Patricia Fasanelli, contra “Romabe 2002, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.750,10 euros por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 186,50 euros. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta resolución.

Notifíquese esta sentencia a las partes y a las que se advierte de que es firme, ya que contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Marta Belda Ruiz Jiménez y “Romabe 2002, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de marzo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.942/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120419-181