Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 82
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120405-240
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE CUENCA NÚMERO 1
EDICTO
Doña Ángeles de las Heras López, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca.
Hago saber: Que en el procedimiento de ordinario número 1.073 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luz Muñoz Arribas, contra la empresa “Limpiezas y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 91 de 2012
En Cuenca, a 23 de febrero de 2012.—Don Fernando Lisbona Laguna, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Cuenca, tras haber visto los presentes autos sobre reclamación de cantidad, entre partes: de una, y como demandante, doña María Luz Muñoz Arribas, que comparece asistida por el letrado don Pedro Enrique Saiz Bartolomé, y de otra, como demandados, “Limpiezas y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Que estimando la demanda formulada por doña María Luz Muñoz Arribas, contra “Limpiezas y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a “Limpiezas y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cantidad de 1.112,35 euros, cantidad que será incrementada con el 10 por 100 de interés desde la interposición de la demanda.
En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que no cabe contra la misma recurso alguno conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Mantenimiento Siglo XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Cuenca, a 23 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/9.369/12)

