Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120328-115
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 6 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Diego Vela Haro, contra la empresa “Obras y Construcciones Paviper, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 15 de noviembre de 2011, auto y decreto de fecha 22 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación.—En Madrid, a 15 de noviembre de 2011.
La pongo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos devueltos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza.—Doy fe.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 15 de noviembre de 2011.
Se acusa recibo de los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia con testimonio de la resolución dictada por la Sala y conforme lo dispuesto por el Tribunal Superior, se acuerda poner en conocimiento de las partes la llegada de los autos y requerir a la empresa para que en el plazo de cinco días ingrese en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 5.323,21 euros a la que ha sido condenanda, o acredite el cumplimiento de la sentencia.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Así lo mando y firmo.—La secretaria judicial (firmado).
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Parte dispositiva del auto:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don Diego Vela Haro, frente a “Obras y Construcciones Paviper, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 5.323,21 euros en concepto de principal, más 1.064,64 euros calculados provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (según el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Parte dispositiva:
Acuerdo: Respecto a la designación de bienes efectuada por la parte ejecutante en su escrito solicitando la ejecución, y vista que la ejecutada ha sido declarada en insolvencia por resolución de fecha 28 de junio de 2011 del Juzgado de lo social número 15 de Madrid, previamente se pone en conocimiento de la parte actora y del Fondo de Garantía Salarial dicha insolvencia a los efectos oportunos y no ha lugar por el momento a la solicitud de designación de bienes ni a su embargo, en su caso, sin perjuicio de dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Al primer otrosí: se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo a los efectos oportunos.
Se tiene designado para la asistencia de la parte actora al letrado don José Luis Fernández Chillón, con despacho sito en la calle Lope de Vega, número 38, segunda planta, de Madrid, el cual queda designado como domicilio a efectos de notificaciones de la parte ejecutante.
Al segundo otrosí: no ha lugar a la expedición de los mandamientos del ejecutante a nombre del letrado, expidiéndose los mandamientos referentes al ejecutante a su propio nombre, no obstante el letrado podrá recoger, en su caso, los mandamientos en la Secretaría de este Juzgado, previa acreditación de su representación o en su defecto autorización de don Diego Vela Haro.
Recibido en este Juzgado anterior despacho del Servicio Común de Notificaciones y Embargos referente a notificación de diligencia de ordenación de fecha 15 de noviembre de 2011 a “Obras y Construcciones Paviper, Sociedad Limitada”, con resultado negativo, únase a los autos de su razón.
Únase a los autos de su razón, anterior despacho del Registro Mercantil, y no constando nuevo domicilio de dicha ejecutada, notifíquese la diligencia de ordenación de fecha 15 de noviembre de 2011, el auto y el decreto de fecha 22 de febrero de 2011, a través de estrados, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida (artículo 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obras y Construcciones Paviper, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/8.453/12)

