Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120327-198
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 152 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ahmed Mourabit, don Santos Blanco Martínez, don Juan Antonio Ferreira Triviño y don Abdelkarim El Hani, contra la empresa “Instalaciones de Gas y Petróleo, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado autos de fechas 16 de enero y 9 de febrero de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
Auto
En Madrid, a 16 de enero de 2012, por la ilustrísima señora magistrada-juez doña Elena Burgos Herrera del Juzgado de lo social número 24 de Madrid ha dictado lo siguiente:
Parte dispositiva:
Se despacha la ejecución general y definitiva de la sentencia dictada en el presente proceso contra “Instalaciones de Gas y Petróleo, Sociedad Anónima”, y a favor de don Ahmed Mourabit, don Santos Blanco Martínez, don Abdelkarim El Hani y don Juan Antonio Ferreira Triviño, por la cantidad de 43.795,48 euros de principal, más 4.379,5 euros de costas y la de 2.627,72 euros de intereses, calculadas ambas cantidades provisionalmente para garantizar el pago de intereses y costas.
Desglosada la cantidad según acta de conciliación en las cantidades siguientes:
Don Ahmed Mourabit que asciende a la suma de 15.667,74 euros.
Don Santos Blanco Martínez lo que asciende a un importe de 11.235,16 euros.
Don Juan Antonio Ferreira Triviño, lo que asciende a la cantidad de 11.347,13 euros.
Y despachándose la presente contra la empresa por la cantidad de 43.795,48 euros de principal, más 4.379,5 euros de costas y la de 2.627,72 euros de intereses, calculadas ambas cantidades provisionalmente para garantizar el pago de los intereses y costas.
Notifíquese esta resolución a las partes y, en su caso, a la representación legal de los trabajadores de la empresa deudora y al Fondo de Garantía Salarial por si fuera de su interés comparecer en el proceso (artículos 250 y 23 de la Ley de Procedimiento Laboral), haciéndoles saber que frente a esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición a la ejecución por parte de la ejecutada, la cual habrá de sustanciarse mediante la presentación de escrito en el que deberán expresar todos los motivos de impugnación y que habrá de presentarse en este Juzgado de lo social en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 551.4 y 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Auto
En Madrid, a 9 de febrero de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1.o Estimar la solicitud de subsanación del auto dictado en este procedimiento con fecha 16 de enero del presente, en el sentido que se indica a continuación:
Desglosada la cantidad según acta de conciliación en las cantidades siguientes:
Don Ahmed Mourabit que asciende a la suma de 15.667,74 euros.
Don Santos Blanco Martínez que asciende a un importe de 11.236,16 euros.
Don Juan Antonio Ferreira Triviño, que asciende a la cantidad de 11.347,13 euros.
Don Abdelkarim El Hani, que asciende a la cantidad de 5.544,45 euros.
2.o Acuerdo incorporar esta resolución al libro correspondiente a llevar testimonio a los autos.
Notifíquese la presente resolución.
Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio del que pudiera interponerse frente a la resolución aclarada.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones de Gas y Petróleo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 22 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
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