Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120323-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Ejecución 40 de 2012

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 40 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Daniela Vidal Olivo, contra la empresa “Memola, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva del auto:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2011 a favor de la parte ejecutante doña Daniela Vidal Olivo, frente a “Memola, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 1.551,84 euros de principal, más la cantidad de 155,20 euros para intereses del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, más 155,20 euros para intereses procesales y más la cantidad provisional de 155,20 euros para costas.

Habiéndose producido la transferencia de la cantidad de 1.551,94 euros por el Juzgado de lo social número 3 de Madrid a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, expídase mandamiento de devolución por importe de dicha cantidad en concepto de principal, y continúese la ejecución por el resto de cantidades por las que se despacha la misma.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Diligencia de ordenación

Acuerdo: Previo al dictado del decreto pertinente sobre adopción de medidas de ejecución, se procede a practicar la liquidación de los intereses del artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores.

Practicar la liquidación de intereses devengados dando traslado a las partes por el término de diez días, advirtiéndoles de la posibilidad de impugnarla, bajo apercibimiento de que de no hacerlo en el plazo indicado, se les tendrá por conformes con la misma, según lo dispuesto en el artículo 269.1 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Liquidación de intereses:

Principal: 1.551,94 euros.

Tipo: 10 por 100.

Total: 155,20 euros.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Memola, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de febrero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.692/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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