Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
21-03-2012

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120321-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

159
Demanda 1.343 de 2011

Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.343 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Doña Domínguez y doña Natalia Sicilia Hernández, contra la empresa “Packcelular, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado acta de suspensión en el día de la fecha, constando en la misma:

Su señoría, al no haberse citado a la parte demandada con el plazo que marca la Ley, se acuerda el aplazamiento de los actos de conciliación y juicio señalados para el día de hoy.

Por mí, el secretario judicial, a la vista de lo manifestado por las partes y de conformidad con lo establecido en el artículo 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicio señalados y se señalan nuevamente para el próximo día 4 de junio de 2012, a las nueve y cuarenta horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Packcelular, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.749/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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