Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
14-03-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120314-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 3

EDICTO

66
Expediente de dominio 1.863 de 2009

Don Francisco José López Ortega, juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Móstoles.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento expediente de dominio, reanudación del tracto número 1.863 de 2009-E, a instancias de don Francisco Ruperto Ramírez y don Francisco Ruperto Machón, expediente de dominio para la reanudación de las siguientes fincas:

Planta octava, portal número 1, vivienda A, bloque sito en Móstoles, en Torre de San Juan, kilómetro 18,200 de la carretera de Extremadura, finca de Móstoles número 9.968.

Actualmente la finca se encuentra en la calle Sevilla, número 14, escalera 1, séptimo A, referencia catastral 6243202 VK2664S0032DI, con el número fijo 02469020.

Finca inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Móstoles, tomo 137, libro 88, folio 169.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que, en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto, puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

Asimismo, se cita a los titulares registrales de la finca, don Fermín Gutiérrez Pérez, doña Dativa Martín Serna, don Rafael Martín Laborda y doña Araceli Delgado Carnerero, o, en su caso, herederos de los mismos para que dentro del término anteriormente expresado pueda comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Móstoles, a 20 de enero de 2012.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

(02/1.368/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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