Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
08-03-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120308-275

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 2

EDICTO

275
Autos 363 de 2011

Doña Marina Vázquez Sánchez, secretaria judicial del Servicio Común de Ordenación de Procedimiento Social (Juzgado de lo social número 2 de Cáceres).

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 363 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Trejo Rodríguez, contra don Ricardo Utrera Moreno, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones y citaciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marina Vázquez Sánchez.—En Cáceres, a 31 de enero de 2012.

Habiendo resultado infructuosas todas las gestiones realizadas encaminadas a dar traslado y citar al demandado a los actos señalados, se suspende la celebración de los mismos, señalados para el día 7 de febrero de 2012, a las nueve y quince y nueve y cuarenta horas.

Se señala nuevamente para la celebración de los actos el día 20 de marzo de 2012, a las nueve y veinte horas, para el acto de conciliación, y a las nueve cuarenta y cinco horas, para el juicio, en su caso, siendo citada la parte actora con la notificación de la presente resolución y la demandada mediante edicto a publicar en el tablón de anuncios de la UPAD de los Juzgados sociales y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).

Decreto

La secretaria judicial, doña María Catalina Cortes Paredes.—En Cáceres, a 19 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

Admitir la demanda presentada.

Señalar el día 7 de febrero de 2012, a las nueve y quince horas, para la celebración del acto de conciliación ante el secretario judicial, y el mismo día 7 de febrero de 2012, a las nueve y cuarenta horas, para la celebración, en su caso, del acto de juicio.

Citar a las partes en legal forma, con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial en el primer caso y el magistrado-juez en el segundo, tener a la parte actora por desistida de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía.

Remítanse las actuaciones a la UPAD del Juzgado de lo social número 2 de Cáceres para la admisión o no de la prueba propuesta.

Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la Agenda Programada de Señalamientos.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial (firmado).

Providencia del ilustrísimo señor magistrado-juez, don José María Cabezas Vadillo.—En Cáceres, a 21 de octubre de 2011.

Dada cuenta de la prueba propuesta, se admite la misma y en su virtud cítese al representante legal de la parte demandada para interrogatorio de preguntas.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la resolución a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado de lo social número 2 abierta en “Banco Español de Crédito”, cuenta número 1143 0000 69 0363 11, debiendo indicar en el campo “Concepto” “Recurso”, seguido del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma su señoría, doy fe.—El magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

CÉDULA DE CITACIÓN

En autos número 363 de 2011, seguidos a instancias de doña Ana Trejo Rodríguez, contra don Ricardo Utrera Moreno, en reclamación de ordinario, se ha mandado por resolución de 21 de octubre de 2011, de su señoría ilustrísima el magistrado-juez de lo social, citar, para que comparezca ante este Juzgado sito en avenida de la Hispanidad, esquina a ronda de San Francisco, el día 7 de febrero de 2012, a las nueve y cuarenta horas, a fin de practicar la prueba de interrogatorio de las partes, apercibiéndole de que de no comparecer podrá ser tenido por confeso en la sentencia (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

A tal fin, se hace saber que si se trata de persona jurídica el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio, siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad podrá solicitar se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

En Cáceres, a 21 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Se hace saber, igualmente, al mismo que dispone del contenido de la demanda en la Secretaría de este Servicio, quedando igualmente citado para el interrogatorio de parte interesado por la parte actora.

Y para que sirva de notificación en legal forma al empresario don Ricardo Utrera Moreno, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cáceres, a 31 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.097/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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