Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
03-03-2012

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120303-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

34
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Griñón, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de febrero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales:

Tasas:

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el otorgamiento de licencias sobre apertura de establecimientos.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por apertura de calicatas o zanjas en terrenos de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos municipales o de los que entienda la Administración o autoridades municipales.

— Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida, retirada o inmovilización de vehículos de la vía pública.

Precios públicos:

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a espectáculos culturales y uso de centros municipales.

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencia a cursos educativos y culturales.

— Ordenanza fiscal reguladora del precio público por asistencias y estancias en hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerarán aprobados definitivamente dichos acuerdos.

En Griñón, a 20 de febrero de 2012.—La alcaldesa-presidenta, María Antonia Díaz Garrido.

(03/6.402/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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