Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120204-78
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 780 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Vicente Mateos, don Faisal Asrhi y don David Planelles Castrillo, contra don José Manuel Hernández Plaza y la empresa “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 21 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva dice:
En la ciudad de Madrid, a 21 de diciembre de 2011.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una y como demandante, don José Antonio Vicente Mateos, don Faisal Asrhi y don David Planelles Castrillo, que comparecen asistidos del letrado don José Luis Fernández Chillón, y de otra, como demandados, don José Manuel Hernández Plaza y “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, que no comparecen, y “Ortiz Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”, que comparece asistida por el letrado don Juan Carlos Moraga Carrascosa. En nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:
Fallo
Estimando la demanda interpuesta por don José Antonio Vicente Mateos, don Faisal Asrhi y don David Planelles Castrillo, frente a “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, don José Manuel Hernández Plaza y “Ortiz Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”, debo:
1.o Condenar a la empresa “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, a que abone a don José Antonio Vicente Mateos la cantidad de 8.067,59 euros, y a don José Manuel Hernández Plaza a que abone a don Faisal Asrhi la cantidad de 11.236,61 euros, más el 10 por 100 de interés por mora en ambos casos.
2.o Condenar a la empresa “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, a que abone a don David Planelles Castillo la cantidad de 6.601,90 euros.
3.o Declarar la responsabilidad solidaria de la empresa “Ortiz Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónima”, en el pago de la cantidad de 4.989,96 euros a don David Planelles Castillo.
4.o Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales, con los límites del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocimiento el beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2511, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta en “Banesto”, calle Princesa, número 2, de Madrid, a nombre de este Juzgado, con el número 2511/0000/00/0 expediente y año, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a don José Manuel Hernández Plaza y “Mira Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de enero de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/2.000/12)

