Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120123-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Ejecución 245 de 2011

Doña María Dolores Gómez Collados, secretario judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 245 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Mohamed El Yakoubi, contra “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución de fecha 20 de diciembre de 2011, del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.

Parte dispositiva:

Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Mohamed El Yakoubi, contra “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, por un importe de 11.440,40 euros de principal más 1.830,46 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra la misma cabe recurso de reposición, en el plazo de tres días (artículo 239 cuarto de la LJS), expresando la infracción cometida y las causas de oposición a la ejecución de que disponga la parte (artículos 551, 556 y 559 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Haciéndoles saber que deberá consignarse previamente a la interposición del recurso indicado, el depósito de 25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número 2803, entidad 0030, agencia 1033, sita en calle Princesa, número 2, y que no se admitirá recurso alguno sin dicho depósito, debiéndose acreditar el mismo con el escrito de interposición de recurso, siendo exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o no tenga reconocido beneficio de justicia gratuita, quedando también exento de dicho depósito el Estado, las comunidades autónomas, las Entidades Locales y los organismos dependientes de todos ellos (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009).

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez, don José Ángel Folguera Crespo.

Decreto

La secretaria judicial, doña María Dolores Gómez Collados.—En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.

Hecho:

Primero.—Por auto dictado en el día de hoy, se ha acordado orden general de ejecución y despacho de la ejecución, contra la empresa demandada “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, por un principal de 11.440,40 euros más 1.830,46 euros presupuestados para intereses y costas provisionales.

Segundo.—Por el Juzgado de lo social número 8 de Madrid, se dictó decreto de insolvencia, de 17 de mayo de 2011, en la ejecución número 120 de 2010, respecto del mismo deudor “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, según copia unida a autos.

Dispongo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes notificación que a la demandada se realizará de forma edictal en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación, ante el magistrado-juez, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 y 185 de la LJS, en relación con el artículo 454 bis segundo de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y adviértase a las partes que conforme al artículo 245 de la LJS las resoluciones procesales dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Cotosalce, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su colocación en el tablón de edictos de este Juzgado.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/728/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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