Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
13-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120113-145

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

145
Demanda 1.021 de 2011

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.021 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ali Chnioual, contra las empresas “Perfiles Aluminio Madera, Sociedad Limitada”, “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, y “Perfiles de Rotura y Lacado, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por don Ali Chnioual, debo condenar y condeno de modo solidaria a “Perfiles Aluminio Madera, Sociedad Limitada”, “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, y “Perfiles de Rotura y Lacado, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 1.561,47 euros brutos en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora, y que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Perfiles Aluminio Madera, Sociedad Limitada”, “Acoples y Plásticos, Sociedad Limitada”, “Lacado Madera, Sociedad Limitada”, y “Perfiles de Rotura y Lacado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.294/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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