Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12
Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120114-58
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA
OTROS ANUNCIOS
Al desconocerse el domicilio de los interesados y de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se hace público que la Junta de Gobierno Local, en sesión de 19 de diciembre de 2011 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.—Ordenar a doña Beatriz Gutiérrez Garrote, don Enrique Hernández Sánchez Herrera, don Miguel Irurozqui Valdés, don Antonio Jiménez Jiménez, don Antonio Lobo de la Fuente, don Víctor Paulovich Voronkov y doña Lidia Bejan Sendín, y don Serghei Stanciu para que en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de notificación del presente acuerdo, procedan a la demolición de las obras ejecutadas sin licencia u orden de ejecución, consistente en ejecución de vivienda unifamiliar en la calle Cigüeña, margen derecho, sentido ascendente, identificada con el número 2 C-5, con advertencia que el incumplimiento de la orden dará lugar a la adopción de medidas provisionales complementarias, precinto de las obras o del local y la retirada de la maquinaria y los materiales que estuvieran empleándose en las obras para su depósito en el lugar que el Ayuntamiento habilite, con advertencia que los gastos que origine la retirada y el depósito deberán ser satisfechos solidariamente por el promotor, constructor y propietario, y podrá dar lugar a la imposición de multas coercitivas y comunicación al ministerio fiscal, de conformidad con el artículo 193 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y que consta en la parte expositiva del presente acuerdo.
Segundo.—Advertir a cada uno de los citados propietarios, que si transcurrido el plazo de un mes no hubieren ejecutado la demolición, el Ayuntamiento podrá acordar la incoación del expediente sancionador y procederá a incoar expediente de ejecución subsidiaria de la misma a costa de los interesados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero.—Requerir a los Servicios Técnicos Municipales para que giren visita de inspección a partir de la fecha 10 de febrero de 2012 al objeto de comprobar si en el inmueble en la calle Cigüeña, margen derecho, sentido ascendente, identificada con el número 2 C-5, de esta localidad, se ha cumplido con la orden de demolición de la obra ejecutada sin licencia de ejecución de vivienda unifamiliar.
Cuarto.—Comunicar el presente acuerdo a los Servicios Técnicos Municipales a los efectos oportunos.
Quinto.—Dar cuenta de la presente resolución a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
Sexto.—Notificar el presente acuerdo a cada uno de los interesados con advertencia de los recursos que contra él puedan interponerse.
Séptimo.—Facultar a la señora alcaldesa-presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios y para la ejecución del presente acuerdo.
Este acuerdo agota la vía administrativa, pero no es firme, por lo que contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.
Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.
San Martín de la Vega, a 22 de diciembre de 2011.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
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