Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10

Fecha del Boletín 
12-01-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

187
Ejecución 195 de 2011

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 195 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mara Nazareth de Almeida, contra la empresa “Producciones Black Colour, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Mara Nazareth de Almeida, con la empresa “Producciones Black Colour, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella las cantidades siguientes:

Nombre de la trabajadora: doña Mara Nazareth de Almeida.

Indemnización: 19.686,37 euros.

Salarios: 23.728,39 euros.

De las cantidades de salarios de tramitación han sido descontadas las cantidades percibidas en la empresa “Producciones Exclusivas, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Producciones Black Colour, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.226/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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