Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 10
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120112-197
Páginas: 3
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 494 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Bravo Criado, don Carlos Bravo Luján, don Aboubakar Doumbia, don Bouchaib El Ghalmi, don Gregorio José Fins Fernández, don Ángel Carlos Fuentes Canales, don Eugenio Fuentes Canales, don Ismael García González, don Manuel Jambrina Gómez, don Ramiro Jiménez González, don Kone Ibrahim, don Ángel Madroñal Ruano, don Juan José Olivo Arana, don Manuel Otero Allo, don Wilfredo V. Trejo Nieves, don Benedykt Wieslaw Abramowick, don David Iñaki Aparicio Mesonero, don Francisco Arias Gómez, don Aly Bacayoco, don Francisco Balmón Borrallo y don Enrique Benito Serrano, contra la empresa “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:
Fallo
Estimar la demanda interpuesta por don Benedykt Wieslaw Abramowick, don David Iñaki Aparicio Mesonero, don Francisco Arias Gómez, don Aly Bacayoco, don Francisco Balmón Borrallo, don Enrique Benito Serrano, don Juan José Bravo Criado, don Carlos Bravo Luján, don Aboubakar Doumbia, don Bouchaib El Ghalmi, don Gregorio José Fins Fernández, don Ángel Carlos Fuentes Canales, don Eugenio Fuentes Canales, don Ismael García González, don Manuel Jambrina Gómez, don Ramiro Jiménez González, don Kone Ibrahim, don Ángel Madroñal Ruano, don Juan José Olivo Arana, don Manuel Otero Allo y don Wilfredo V. Trejo Nieves, contra “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, declarando improcedente el despido de los veintiún actores y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a indemnizar a:
1.o Don Benedykt Wieslaw Abramowick en la cantidad de 13.281,07 euros (13.082,85 euros hasta la fecha del despido, más 198,22 euros hasta mayo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 4.440,24 euros (ochenta y cuatro días por 52.86 euros diarios).
2.o Don David Iñaki Aparicio Mesonero en la cantidad de 10.694,70 euros (10.065,60 euros hasta la fecha del despido, más 629,10 euros hasta mayo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 6.039,36 euros (ciento ocho días por 55,92 euros diarios).
3.o Don Francisco Arias Gómez en la cantidad de 15.461,54 euros (14.866,87 euros hasta la fecha del despido, más 594,67 euros hasta mayo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 6.448,92 euros (ciento veintidós días por 52,86 euros diarios).
4.o Don Aly Bacayoco en la cantidad de 7.730,77 euros (7.136,10 euros hasta la fecha del despido, más 594,67 euros hasta mayo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 5.074,56 euros (noventa y seis días por 52,86 euros diarios).
5.o Don Francisco Balmón Borrallo en la cantidad de 13.211,10 euros (11.323,80 euros hasta la fecha del despido, más 1.887,30 euros hasta la fecha de la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 15.545,76 euros (doscientos setenta y ocho días por 55,92 euros diarios).
6.o Don Enrique Benito Serrano en la cantidad de 12.372,30 euros (10.485 euros hasta la fecha del despido, más 1.887,30 euros hasta la fecha de la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 15.545,76 euros (doscientos setenta y ocho días por 55,92 euros diarios).
7.o Don Juan José Bravo Criado en la cantidad de 15.308,10 euros (13.420,80 euros hasta la fecha del despido, más 1.887,30 euros, hasta la fecha de la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 15.545,76 euros (doscientos setenta y ocho días por 55,92 euros diarios).
8.o Don Carlos Bravo Luján en la cantidad de 12.289,94 euros (12.091,72 euros hasta la fecha del despido, más 198,22 euros por el mes de marzo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 3.594,48 euros (sesenta y ocho días por 52,86 euros diarios).
9.o Don Aboubakar Doumbia en la cantidad de 3.568,05 euros (1.784,02 euros hasta la fecha del despido, más 1.784,02 euros hasta la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 14.695,08 euros (doscientos setenta y ocho días por 52,86 euros diarios).
10.o Don Bouchaib El Ghalmi en la cantidad de 11.893,50 euros (doscientos veinticinco días por 52,86 euros diarios), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 1.374,36 euros.
11.o Don Gregorio José Fins Fernández en la cantidad de 10.109,47 euros (9.514,80 euros hasta la fecha del despido, más 594,67 euros hasta el mes de mayo de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 6.818,94 euros (ciento veintinueve días por 52,86 euros diarios).
12.o Don Ángel Carlos Fuentes Canales en la cantidad de 9.713,02 euros (9.316,57 euros hasta la fecha del despido, más 396,45 euros hasta abril de 2011), más el abono de los salario de trámite por un importe de 3.911,64 euros (setenta y cuatro días por 52,86 euros diarios).
13.o Don Eugenio Carlos Fuentes Canales en la cantidad de 9.713,02 euros (9.316,57 euros hasta la fecha del despido, más 396,45 euros hasta abril de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 3.911 (setenta y cuatro días por 52,86 euros diarios).
14.o Don Ismael García González en la cantidad de 1.809,37 euros (1.447,50 euros hasta la fecha del despido, más 361,87 euros hasta la fecha de la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 4.873,25 euros (ciento un días por 48,25 euros diarios).
15.o Don Manuel Jambrina Gómez en la cantidad de 6..875,62 euros (5.428,12 euros hasta la fecha del despido, más 1.447,50 euros hasta la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 13.413,50 euros (doscientos setenta y cuatro días por 48,25 euros diarios).
16.o Don Ramiro Jiménez González en la cantidad de 4.136,72 euros (3.766,27 euros hasta la fecha del despido, más 396,45 euros hasta abril de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 4.651,68 euros (ochenta y ocho días por 52,86 euros diarios).
17.o Don Kone Ibrahim en la cantidad de 7.526,74 euros (7.136,10 euros hasta la fecha del despido, más 390,64 euros hasta el mes de abril de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 5.074,56 euros (noventa y seis días por 52,86 euros diarios).
18.o Don Ángel Madroñal Ruano en la cantidad de 12.507,74 euros (12.090,81 euros, más 416,92 euros por los meses de marzo y abril de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 5.781,36 euros (ciento cuatro días por 55,59 euros diarios).
19.o Don Juan José Olivo Arana en la cantidad de 11.930,40 euros (10.439,10 euros hasta la fecha del despido, más 1.491,30 euros hasta la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 12.676,05 euros (doscientos cincuenta y cinco días por 49,71 euros diarios).
20.o Don Manuel Otero Allo en la cantidad de 5.946,75 euros (4.757,40 euros hasta la fecha del despido, más 1.189,35 euros hasta agosto de 2011), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 10.307,70 euros (ciento noventa y cinco días por 52,86 euros diarios).
21.o Don Wilfredo Valentín Trejo Nieves en la cantidad de 12.626,33 euros (10.948,62 euros hasta la fecha del despido, más 1.677,71 euros hasta la sentencia), más el abono de los salarios de trámite por un importe de 13.819,38 euros (doscientos setenta y ocho días por 49,71 euros diarios).
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles, en nombre de Su Majestad el Rey.
Publicación
Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha por don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez del Juzgado de lo social, número 1 de Móstoles y de su partido judicial que la suscribe, estando celebrando audiencia pública. Se incluye original de esta resolución en el libro de sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 y concordantes del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Sandín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Móstoles, a 30 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).
(03/43.947/11)

