Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111226-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

60
Ordenanzas fiscales 2012

Don Ángel Moreno García, concejal-delegado de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que en el Ayuntamiento Pleno, en su sesión extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2011, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Cuentas, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Desestimar las reclamaciones presentadas referidas a la tasa por aprovechamiento especial del dominio público municipal, a favor de empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil, al tipo de gravamen y subvención de IBI, a la tasa por la prestación de los servicios relativos al tratamiento de los residuos sólidos urbanos y a la solicitud de fraccionamiento de pago de impuestos y tasas municipales.

Estimar la solicitud para que se amplíe el plazo para solicitar la domiciliación bancaria de dicho impuesto al 31 de enero de 2012, a cuyo efecto deberá establecerse la siguiente disposición:

“DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Con efecto exclusivo para el período 2012 podrán beneficiarse de las bonficaciones establecidas en el artículo 5.4, los sujetos pasivos que presenten su solicitud antes del 31 de enero de 2012.

Las solicitudes presentadas con posterioridad a esta fecha, surtirán efecto a partir del período impositivo siguiente al de su presentación”.

Y, en consecuencia, aprobar definitivamente las ordenanzas fiscales municipales correspondientes al ejercicio 2012, según redacción aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 2 de noviembre de 2011.

San Fernando de Henares, a 23 de diciembre de 2011.—El concejal-delegado de Hacienda, Ángel Moreno García.

(03/43.399/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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