Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
22-11-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111122-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

96
Procedimiento ordinario 84 de 2008

Doña Nieves Barreiro Viejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 84 de 2008, se tramita procedimiento ordinario a instancias de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Miguel Sánchez Masa, contra don Ubaldo Fernández Gabarren, en el que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación:

Sentencia número 76 de 2010

En Madrid, a 17 de marzo de 2010.—Vistos por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, don Jaime Miralles Sangro, los presentes autos seguidos con número 84 de 2008 de juicio declarativo ordinario, a instancias de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Miguel Sánchez Masa y defendida por el abogado don Juan Miguel Sánchez Masa, contra don Ubaldo Fernández Gabarren, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Uno.—Con estimación de la demanda interpuesta por “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Miguel Sánchez Masa, contra don Ubaldo Fernández Gabarren, en rebeldía.

Dos.—Condeno a don Ubaldo Fernández Gabarren al pago de 6.838,79 euros de principal, así como al pago de los intereses pactados en la póliza de contrato de préstamo de 24 de noviembre de 2004 que figura a los folios 24 a 26 de los autos, y de los intereses de la mora procesal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de la presente sentencia.

Tres.—Por último, condeno al demandado al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que:

a) Contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse, en su caso, en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado mediante escrito de preparación de dicho recurso que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna conforme a lo dispuesto por los artículos 455.1 y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y ello para su posterior tramitación y resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

b) Asimismo, con el escrito de preparación del recurso de apelación, deberá acreditar haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, añadida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de 4 de noviembre de 2009), de 50 euros mediante su consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” titularidad de este Juzgado en “Banesto, Sociedad Anónima”, con apercibimiento de que, de no verificarlo, no se admitiría el recurso cuyo depósito no esté constituido.

Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo.

Diligencia de publicación.—En el mismo lugar y fecha antes expresados extiendo la presente para hacer constar que a continuación procede en audiencia pública a la lectura de la anterior sentencia, de lo que la secretaria judicial sustituta da fe.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado en ignorado paradero, don Ubaldo Fernández Gabarren, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 17 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/9.236/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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