Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
22-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111122-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Ejecución 156 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 729 de 2010, ejecución número 156 de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Toca Díaz, contra don Alberto García Díez y “Torrente, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 17 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Se desestima totalmente la impugnación formulada por don Alberto García Díez de los honorarios de la letrada doña Marta Toca Robledo.

Se imponen las costas del incidente a la parte impugnante don Alberto García Díez.

Obrando consignada en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la suma de 523,51 euros, póngase a disposición de la parte actora don Antonio Toca Díaz la cantidad de 523,51 euros en concepto de parte de costas, librándose a tal fin el correspondiente mandamiento de pago, requiriéndose a dicha parte a fin de que, una vez firme la presente resolución, comparezca en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar el indicado mandamiento.

Requiérase a las partes demandadas a fin de que en el plazo de cuatro días procedan a ingresar en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad bancaria “Banesto” (0030), oficina número 1033, sita en la calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, número de cuenta 2805/0000/64/0156/10, la cantidad de 479,49 euros, en concepto de resto de costas, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio, sin necesidad de previo requerimiento personal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta la resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2805/0000/31/0156/10 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Torrente, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de octubre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.308/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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