Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
22-11-2011

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111122-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE VELASCO

RÉGIMEN ECONÓMICO

91
Modificación ordenanza

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15.1 y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 del mismo, el Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco, en sesión extraordinaria celebrada el 24 de octubre de 2011, acordó provisionalmente:

Primero.—La modificación de la ordenanza municipal número 16, reguladora de la tasa por utilización de salones municipales para matrimonios civiles, consistente en la variación de la cuota tributaria, artículo 5 de dicha ordenanza.

La cuota diaria fijada actualmente en una cuantía fija de 72,12 euros se establece en unas cuantías conforme al siguiente detalle:

— Salón de Plenos:

l Empadronados: 120 euros.

l No empadronados: 180 euros.

— Teatro:

l Empadronados: 250 euros.

l No empadronados: 375 euros.

Segundo.—Someter al expediente de modificación de la ordenanza municipal número 3 a información pública durante treinta días, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de formular las reclamaciones que se estimen oportunas. De no presentarse alegaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, sin necesidad de acuerdo plenario.

Tercero.—El acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la modificación de la ordenanza se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, momento en el que entrará en vigor.

En Torrejón de Velasco, a 25 de octubre de 2011.—El alcalde-presidente, Gonzalo Cubas Navarro.

(03/37.502/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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