Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
21-11-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111121-222

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

222
Ejecución 52 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 52 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Héctor Fabio Castaño Crisales, contra la empresa “Febran Urbanizaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 13 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la tasación de costas practicada por importe de 1.274,40 euros, a cuyo pago resulta condenada en las presentes actuaciones.

Requiérase a la parte ejecutante a fin de que en el plazo de cuatro días proceda a aportar de liquidación de intereses, con apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin verificarlo se entenderá que renuncia a tales conceptos.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta la resolución mediante escrito que deberá expresar las infracciones cometidas a juicio del recurrente en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículo 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Febran Urbanizaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de octubre de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.339/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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