Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
07-11-2011

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111107-12

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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NOTIFICACIÓN de 28 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, a “Informática Notarial, Sociedad Limitada”, del requerimiento de 30 de agosto de 2011, sobre presentación de documentación en relación con la solicitud de subvención al programa de ayudas para la promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética 2010.

Por medio del presente anuncio se notifica a “Informática Notarial, Sociedad Limitada”, con domicilio en la calle Marte, número 12, bajo, de Torrejón de Ardoz, el oficio emitido el 30 de agosto de 2011 por la Subdirección General de Promoción Industrial y Energética de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre requerimiento para la presentación de la documentación en relación con la solicitud de subvención al programa de ayudas para la promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética, con el siguiente tenor literal:

Vista la solicitud de ayudas para promoción de actuaciones de ahorro y eficiencia energética para el año 2010 presentada por “Informática Notarial, Sociedad Limitada”, con número de expediente 74/2010, y a efectos de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Orden de 15 de noviembre de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, deberán presentarse los documentos que se indican en el Anexo adjunto dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este requerimiento en la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Subdirección General de Promoción Industrial y Energética, sita en la calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, Edificio F4, 28016 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992.

En caso de no presentar la totalidad de la documentación requerida dentro del plazo anteriormente indicado, se le tendrá por desistido de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 citado.

ANEXO

Documentación a presentar (original o fotocopias compulsadas):

— Instancia de solicitud debidamente cumplimentada.

— Número de identificación fiscal de la entidad.

— Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento o moratoria a efectos de solicitar una subvención.

— Alta y último recibo liquidado del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o, en su caso, declaración de exención para todos los epígrafes y domicilios en que la empresa conste dada de alta.

— Ponemos en su conocimiento que el certificado obtenido por vía telemática de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado es negativo.

Si lo estima oportuno, puede manifestar su disconformidad con los datos obtenidos en el mismo ante los órganos competentes, debiendo aportar una copia de la solicitud presentada ante dicho organismo para la modificación del contenido del certificado, adjuntando los elementos de prueba pertinentes para acreditar dicha solicitud.

Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación del oficio mencionado.

Madrid, a 28 de septiembre de 2011.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(03/35.747/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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