Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2011

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111104-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

113
Recurso 3.822 de 2010-IN

Don Manuel Varón Mora, secretario de la Sala de lo social, con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Hace saber: Que en el recurso de suplicación número 3.822 de 2010-IN dimanante de los autos número 475 de 2008, seguidos por el Juzgado de lo social número 1 de los de Córdoba, seguidos entre las partes que se expresarán, se ha dictado por esta Sala la resolución cuya parte dispositiva es como sigue:

Con desestimación del recurso de suplicación interpuesto por doña María del Carmen de la Peña Bermejo contra la sentencia de 7 de julio de 2010, dictada por el Juzgado de lo social número 1 de los de Córdoba, en virtud de la demanda sobre seguridad social, formulada por doña María del Carmen de la Peña Bermejo, contra don Manuel Barrero Parrondo, Instituto Nacional de la Seguridad Social y “Unipapel, Sociedad Anónima” (sucesora de “Industrias Papyrus, Sociedad Anónima”), debemos confirmar y confirmamos la sentencia recurrida.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al fiscal de este Tribunal, advirtiéndose de que, contra ella, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la misma mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juzgado de lo social de referencia, con certificación de esta resolución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación o testimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón y una certificación de la misma al presente rollo, que se archivará en esta Sala.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Manuel Barrero Parrondo, cuyo domicilio o paradero se ignora, expido la presente en Sevilla, a 15 de septiembre de 2011. Doy fe.—El secretario, Manuel Varón Mora.

(03/36.153/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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