Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
28-09-2011

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110928-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL

Sección Quinta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

76
Recurso 5.139 de 2009

En el recurso número 5.139 de 2009 y recurso de casación para unificación de doctrina número 372 de 2010, seguido ante esta Sala de lo social, Sección Quinta, dimanante de los autos número 426 de 2008 del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, siendo parte recurrente don Manuel Andrés Jambrina y otros, y parte recurrida la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, con fecha 16 de marzo de 2011 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don Antonio Tobares Bermudo, en nombre y representación de don Manuel Andrés Jambrina y otros, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 11 de marzo de 2010, en el recurso de suplicación número 5.139 de 2009, interpuesto por don Manuel Andrés Jambrina y otros frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 28 de los de Madrid, de fecha 27 de marzo de 2009, en el procedimiento número 426 de 2008, seguido a instancias de don Manuel Andrés Jambrina, doña Ana María Moreno Luquero, doña María Altagracia Cuadrado Gallego y doña María Ángeles Pastor Rodríguez, contra la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y “San Bernardino de Siena, Sociedad Anónima”, sobre cantidad.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a “San Bernardino del Siena, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide la presente en Madrid, a 1 de septiembre de 2011.—El secretario (firmado).

(03/30.206/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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