Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228

Fecha del Boletín 
26-09-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110926-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

URBANISMO

58
Modificación Estatutos Junta de Compensación del Sector R-10S El Majuelo Sur

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 11 de agosto de 2011, adoptó el siguiente acuerdo, que copiado dice lo siguiente:

Primero.—Aprobar inicialmente la modificación de los artículos 4.1, 30.1, 33.1, 33.2 y 33.4 de los Estatutos de la Junta de Compensación del Sector R-10S “El Majuelo Sur”, atendiendo al informe emitido por los Servicios Jurídicos de Urbanismo que se une al presente.

Segundo.—Someter a exposición pública por espacio de veinte días el citado acuerdo mediante la publicación de este en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos municipales y en un diario de gran circulación. Publicándose íntegramente la modificación de los Estatutos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Notificar individualmente el acuerdo a la Junta de Compensación, los propietarios e interesados en el expediente, con objeto de que durante dicho plazo de veinte días puedan examinar la modificación (en las dependencias de la Concejalía de Urbanismo y Seguridad Ciudadana, de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce), y formular cuantas alegaciones a la modificación estimen pertinentes.

Cuarto.—Tomar conocimiento y aprobar el nombramiento de los nuevos miembros del Consejo Rector de la Junta de Compensación del Sector R-10S “El Majuelo Sur” en los términos y condiciones establecidas en el informe emitido por los Servicios Jurídicos de Urbanismo que se une al presente.

ANEXO

Modificación de los artículos de los Estatutos que se indican a continuación:

— Artículo 4.1: “El domicilio de la Junta de Compensación se establece en Madrid, calle Mejía Lequerica, número 3, primero D”.

— Artículo 30.1: “El Consejo Rector estará compuesto por un presidente, un vicepresidente, un secretario y cuatro vocales, todos ellos con voz y voto. Además formará parte del Consejo Rector un representante de la Administración actuante”.

— Artículo 33.1: “El Consejo Rector se reunirá cuantas veces sea necesario para los intereses de la Junta de Compensación, a iniciativa de su presidente o a solicitud de tres de sus miembros”.

— Artículo 33.2: “La convocatoria, con indicación de los asuntos a tratar y del lugar, fecha y hora de la sesión, será cursada por el secretario con un mínimo de cuatro días de antelación; quedando válidamente constituido el Consejo Rector cuanto concurran a la reunión, presentes o representados, al menos, cuatro de sus miembros. Los miembros del Consejo Rector que no puedan asistir a la reunión podrán hacerse representar por otro miembro del Consejo Rector”.

— Artículo 33.4: “El Consejo Rector solamente podrá adoptar acuerdos respecto de asuntos previamente incluidos en el orden del día, salvo trámite de urgencia aprobada como mínimo por cuatro de sus miembros”.

Valdemoro, a 17 de agosto de 2011.—El alcalde, José Carlos Boza Lechuga.—El alcalde en funciones, segundo teniente de alcalde, Germán Alarcón Castellanos.

(02/8.043/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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