Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
06-09-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110906-37

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO MEDIANO

CONTRATACIÓN

37
Adjudicación contrato apoyo Recaudación Municipal

A los efectos previstos en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace público que el Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de mayo de 2011, decidió la siguiente adjudicación:

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Pleno del Ayuntamiento de Collado Mediano.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Servicios

b) Descripción del objeto: Servicio de Apoyo a la Recaudación Municipal en Collado Mediano.

c) Publicación del anuncio de licitación: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 259, de 29 de octubre de 2010.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria.

b) Procedimiento: abierto.

c) Forma: concurso.

4. Presupuesto base de licitación:

a) Importe total:

— El 75 por 100 del recargo de apremio. En las deudas con una antigüedad superior a tres años desde el vencimiento de ingreso en período voluntario, se incrementará un 10 por 100 de este porcentaje por cada año que supere este período de tres años.

— El 50 por 100 de lo recaudado en concepto de intereses de demora.

— El 3,5 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2011.

— El 4 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2012.

— El 4,5 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2013.

— El 5 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2014.

5. Adjudicación:

a) Fecha: 5 de mayo de 2011.

b) Contratista: “Infaplic, Sociedad Anónima”.

c) Nacionalidad: española.

d) Importe de la adjudicación:

— El 75 por 100 del recargo de apremio. En las deudas con una antigüedad superior a tres años desde el vencimiento de ingreso en período voluntario, se incrementará un 10 por 100 de este porcentaje por cada año que supere este período de tres años.

— El 5 por 100 de lo recaudado en concepto de intereses de demora.

— El 3,50 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2011.

— El 3,85 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2012.

— El 3,85 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2013.

— El 3,85 por 100 de lo recaudado en período voluntario en el año 2014.

Collado Mediano, a 7 de junio de 2011.—La alcaldesa-presidenta (firmado).

(02/5.776/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110906-37