Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110812-112

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

112
Demanda 317 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 317 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Patricio Artigas Souza, contra la empresa “Lámpara Tendero”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración, cuyo contenido es del tenor siguiente:

Auto

En Madrid, a 14 de julio de 2011.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia ha lugar a la aclaración presentada por doña Paloma Poveda Álvarez, letrada en representación de don Keno Aiokhan Souiza Gens, debiendo decir:

“Hechos probados:

Segundo.—El actor cesó en la empresa demandada el día 3 de febrero de 2011.

Tercero.—El empresario individual no ha abonado a la actora las cantidades y por los conceptos que se reflejan en el hecho tercero de la demanda, que ascienden a la cantidad de 1.484,65 euros, si bien procede descontar 50 euros pagados por la demandada al actor, con fecha 10 de febrero de 2011, por lo que la cantidad es de 1.434,65 euros.”

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Juan Manuel Carrillo Eguilaz.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lámpara Tendero”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 14 de julio de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.991/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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