Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
09-08-2011

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110809-5

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD DE ALCALÁ

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RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2011, por la que se nombra Catedrático de Universidad del área de conocimiento de “Economía Financiera y Contabilidad” a don Eliseo Navarro Arribas.

De conformidad con la propuesta elevada por la Comisión nombrada para juzgar la plaza de Catedrático Universitario (C.o: Z005/DEF104) del área de “Economía Financiera y Contabilidad”, convocada por Resolución de esta Universidad de 3 de mayo de 2011 (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de mayo), y presentada por el interesado la documentación a que hace referencia la base novena de la convocatoria, este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de diciembre), según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 13 de abril), y demás disposiciones concordantes,

HA RESUELTO

Nombrar a don Eliseo Navarro Arribas, con DNI número 22686577-K, Catedrático de Universidad del área de “Economía Financiera y Contabilidad” (C.o: Z005/DEF104), adscrita al Departamento de Ciencias Empresariales de esta Universidad. El interesado deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente Resolución podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Alcalá de Henares, a 18 de julio de 2011.—El Rector, Fernando Galván Reula.

(03/27.530/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.200.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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