Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110311-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

178
Ejecución 19 de 2011

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Martín Gómez, contra la empresa “Comercial de Alimentación Justo Martínez, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia número 349 de 2010 a favor de la parte ejecutante, don Antonio Martín Gómez, contra la empresa “Comercial de Alimentación Justo Martínez, Sociedad Limitada”, por el importe de 5.731,81 euros de principal más 343,91 euros de intereses presupuestados provisionalmente y 573,18 euros para costas.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Así lo mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comercial de Alimentación Justo Martínez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.197/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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