Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101227-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Demanda 1.032 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.032 de 2009-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Josefa Maldonado López, contra la empresa “Ib Cuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la sentencia número 624 de 2010, de fecha 22 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Josefa Maldonado López, contra “Ib Cuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a doña Josefa Maldonado López la cantidad de 7.711,66 euros (salvo error u omisión) por los conceptos y períodos indicados, incluido del 10 por 100 de mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ib Cuatro Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 24 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.839/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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