Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
27-12-2010

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101227-33

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2010, por la que se procede a la publicación de las órdenes resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de carreteras (Ed. 76/10).

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones de las Órdenes que se relacionan en el Anexo I, resolutorias de los recursos deducidos en expedientes sancionadores en materia de carreteras, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y a su exposición en el tablón de edictos en el respectivo Ayuntamiento, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).

En los casos en los que dichas Órdenes resuelvan recursos de alzada interpuestos en tiempo y forma, ponen fin a la vía administrativa. En el resto de los supuestos, la firmeza en vía administrativa se produjo en los términos previstos en los artículos 109 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Contra todas ellas cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación.

El importe de las sanciones, en su caso, deberá hacerse efectivo dentro del plazo de quince días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Orden, en las correspondientes cuentas corrientes de las entidades colaboradoras, indicando el número de expediente y la identificación del interesado. En caso contrario se procederá al cobro por el procedimiento de apremio, con arreglo a lo dispuesto en la Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento.

CLAVES DE IDENTIFICACIÓN

(1) Ley 3/1991, de 7 de marzo, de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo).

(2) Decreto 29/1993, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de abril).

Madrid, a 29 de noviembre de 2010.—El Secretario General Técnico, PDF (Resolución de 10 de julio de 2007), la Jefa del Área de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo, Sonia Delgado Aceves.

ANEXO I

Sancionado. — Último domicilio conocido. — Expediente. — Infracción preceptos infringidos. — Fecha de la Resolución del recurso – Sanción

Junta de Compensación PP-8 “Parque de actividades El Lucero”. — Avenida de América, 32, 28922, Alcorcón (Madrid). — 96635.9/08. — Se deniega la autorización para la ejecución de los accesos y obras de urbanización de la actuación urbanística PP-8, entre los puntos kilométricos 2 + 400 y 3 + 500, margen izquierda, de la carretera M-501 (antigua), en el término municipal de Alcorcón, dado que no se cumplen las distancias mínimas para la vía de servicio exigidas en la vigente Orden de 3 de abril de 2002, de Accesos a la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Al haberse iniciado las obras en las zonas de dominio público y protección de la carretera, deberán paralizarse las mismas y restituir a su estado primitivo, sin perjuicio del expediente sancionador que procederá incoar por este motivo. – Artículos 36.2 y 36 de la Ley de Carreteras (1). — 30 de abril de 2009. — Recurso de alzada desestimado. — Se deniega la autorización y se ordena paralizar las obras y restituir a su estado primitivo.

Adolfo Hernández Collado. — Cañada, 4, 28620, Aldea del Fresno (Madrid). — 12764.9/10. — Realizar actuaciones en la zona de protección de la carretera, llevadas a cabo sin autorización de la Dirección General de Carreteras, consistentes en vaciado de tierras, generando la creación de una bolsa de agua, con riesgo de filtraciones a la carretera, en el punto kilométrico 18,800, margen izquierda, tramo interurbano de la carretera M-507 (de la M-600 a la M-501 por Villa del Prado y Cadalso de los Vidrios), en el término municipal de Aldea del Fresno. — Artículos 31, 45.3.b) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.a) y 113.c) de su Reglamento (2). — 22 de marzo de 2010. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — 5.000 euros y restitución de cosas a su estado primitivo.

Miconsa, Sociedad Limitada. — Carretas, 21, local A, 28770, Colmenar Viejo (Madrid). — 39959.9/09. — Instalación de cartel publicitario en zona de dominio público, de medidas 2 ´ 2 metros, con el siguiente texto: “Navalafuente. Urb. Las Praderas… Construye, Promueve y Vende: Miconsa, Sociedad Limitada”, en el punto kilométrico 20 + 100, margen izquierda, tramo interurbano de la carretera M-625 (de la M-607 a la M-631 por Guadalix), en el término municipal de Navalafuente. — Artículos 45.3.g) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.d) y 113.g) de su Reglamento (2). — 5 de junio de 2010. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — 9.147 euros y retirada de la publicidad.

José María Ortega Mingo. — Almendralejos, 34, segundo izquierda, 28140, Fuente el Saz de Jarama (Madrid). — 52695.9/09. — Realizar obras, instalaciones o actuaciones no permitidas en las zonas de dominio público y protección de la carretera, consistentes en apertura de zanja para evacuación de aguas que se acumulan en su finca de unos 0,40 metros de ancho por 0,80 metros de profundidad, sin autorización de la Dirección General de Carreteras, en el punto kilométrico 17,930, margen izquierda, tramo interurbano de la carretera M-103 (de la M-111 a la N-320 por Algete), en el término municipal de Valdetorres de Jarama. — Artículos 45.3.B) U 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.a) y 113.c) de su Reglamento (2). — 7 de julio de 2009. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — 9.000 euros.

King Sturge, Sociedad Limitada. — Arturo Soria, 245, edificio II, 28033, Madrid. — 32696.9/09. — Instalación de cartel publicitario en zona de protección, de dimensiones 4 ´ 4 metros con el siguiente texto: “King Sturge. Promoción de naves industriales y comerciales en Torrelaguna. 91 345 55 77”, en el punto kilométrico 0 + 200, margen izquierda, tramo interurbano de la carretera M-608 (de Venturada, (A-1), a la M-601 por Soto del Real), en el término municipal de Venturada. — Artículos 34, 45.2 y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.d) y 113.b) de su Reglamento (2). — 7 de julio de 2009. — Recurso de alzada desestimado. — 457 euros.

Análisis Financieros e Inversiones Patrimoniales, Sociedad Limitada. — Maqueda, 72, 28024, Madrid. — 112771.9/09. — Realizar 52 metros lineales de vallado de obra de fábrica, compuesto de bloques de hormigón a 2,10 metros de altura, en zona de protección, sin autorización de la Dirección General de Carreteras, en el punto kilométrico 2 + 400, margen izquierda, tramo interurbano de la carretera M-117 (de la M-103; Fuente el Saz, al límite de provincia), en el término municipal de Fuente el Saz. — Artículos 45.3.b) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.s) y 113.c) de su Reglamento (2). — 9 de diciembre de 2009. — Recurso extraordinario de revisión inadmitido. — 6.860 euros y retirada de la publicidad instalada.

Francisco J. López-Santos Cora. — Collado Mediano, 14 bis, 28034, Madrid. — 7026.9/10. — Solicitud para que se someta al trámite de información pública el proyecto de construcción de la infraestructura de prolongación de la línea 9, de Metro de Madrid a Mirasierra. — Artículos de la Ley de Carreteras (1). — 13 de mayo de 2010. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — Denegación de la solicitud.

Masleídos, Sociedad Limitada. — Juana Francés, 18, 28320, Pinto (Madrid). — 24820.9/10. — Instalación de dos carteles publicitarios en el mismo bastidor, en Zona de Protección de la carretera, de medidas 10 ´ 3 metros, con el texto: «Vivienda protegida en Pinto. Desde 124.000 euros más IVA. En construcción por Sacyr. BBVA. Financiación concedida IberCaja” y “Discesur”. Cerámica. Sanitarios. Grifería. En Pinto 916 928 900» respectivamente, en el punto kilométrico 25 + 965, margen derecha, tramo interurbano de la carretera M-506 (de la M-501 a la A-3 por San Martín de la Vega), en el término municipal de Pinto. — Artículos 45.3.g) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.d) y 113.g) de su Reglamento (2). — 7 de abril de 2010. — Recurso de alzada inadmitido por extemporáneo. — 9.147 euros y retirada de la publicidad instalada.

Colchonerías Alcalá, Sociedad Limitada. — Luis García Berlanga, 70, 28529, Rivas-Vaciamadrid (Madrid). — 34487.9/09. — Instalación de cartel publicitario visible desde la carretera, de medidas 8 ´ 3 metros, con el siguiente texto: “La mayor tienda de colchones 2.00 m2 . El mundo del descanso y del bebé…”, en punto kilométrico 4 + 000, margen derecha, tramo interurbano de la carretera M-113 (de la M-111 al límite de provincia por Daganzo), en el término municipal de Paracuellos del Jarama. — Artículos 45.3.g) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 107.2.d) y 113.g) de su Reglamento (2). — 12 de mayo de 2009. — Recurso de alzada desestimado. — 9.147 euros y retirada de la publicidad instalada.

Jaime Benavente Roldán. — Carretera M-320, punto kilométrico 10 + 500, margen izquierda, 28360, Villaconejos (Madrid). — 15675.9/10. — Por abrir un acceso de 20 metros para entrar a una finca y colocación de puerta de 6,00 metros de ancho, sin cumplir la normativa de carreteras y sin el preceptivo permiso de esta Dirección General, en el punto kilométrico 10 + 500 margen izquierda de la carretera M-320, de Titulcia al límite de provincia (Puente de Villarrubia) por Villaconejos, en el término municipal de Villaconejos. — Artículos 30, 31, 45.3.b) y 49 de la Ley de Carreteras (1) y 113.c) de su Reglamento (2). — 29 de abril de 2010. — Recurso de alzada desestimado. — 9.147 euros y restitución de las cosas a su estado primitivo.

(01/5.483/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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