Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
18-11-2010

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101118-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

GUADALAJARA

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Notificación

Por el presente le comunico que con fecha 6 de mayo de 2010 el concejal-delegado de Urbanismo y Vivienda, en virtud de delegación conferida por la Alcaldía con fecha 20 de junio de 2007, ha dictado la siguiente resolución:

Visto el expediente instruido para proteger la legalidad urbanística en razón del estado en que se encuentra el solar ubicado en la travesía de San Miguel, número 8; y...

Resultando que según se desprende del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales el citado solar no reúne las debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, dado que se encuentra vallado mediante los restos de un muro de tapial del antiguo edificio, en una parte del cerramiento y en otra parte mediante un cerramiento de fábrica de ladrillo revocado que se encuentra desplomado y con riesgo de caída hacia la calle.

Considerando lo dispuesto en los artículos 137, 140 y 176 del Decreto Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, en el artículo 83 de las Normas Urbanísticas del Plan de Ordenación Municipal y en el artículo 123 de la ordenanza municipal de limpieza viaria, estética e higiene urbana de Guadalajara, por el presente, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y por la delegación conferida por la Alcaldía con fecha 20 de junio de 2007, he resuelto:

Primero.—Desestimar las alegaciones formuladas por don Ramón Ignacio García García, dado que no existe constancia alguna de que como consecuencia de las obras de pavimentación de la travesía de San Miguel se hayan producido daños en el vallado del solar; que además de que el vallado no cumple las debidas condiciones de seguridad, tampoco cumple las debidas condiciones estéticas exigidas por la normativa de aplicación, ya que se trata de un cerramiento que tiene distintos tramos de materiales distintos, sin que ningún tramo reúna las condiciones exigidas, al tener que ser el vallado de tabique revocado con mortero y tener una altura mínima de 2 metros; que para cualquier aclaración relativa a la alineación oficial de un solar deberá ponerse en contacto con el Departamento Municipal (Unidad Técnica) de Cartografía y Topografía.

Segundo.—Ordenar a los propietarios del solar sito en la travesía de San Miguel, número 8, la ejecución, en el plazo de un mes, de las obras consistentes en el correcto vallado del mencionado solar.

Este vallado se situará en la alineación oficial, tendrá una altura mínima de 2 metros y se efectuará con un muro de cerramiento formado por bloques de hormigón de 20 por 40 por 20 centímetros, tomado con mortero de cemento, dosificación un medio y trabado con pilares del mismo material cada 4 metros, se enlucirá exteriormente con mortero de cemento de dosificación un medio, enfoscado, y tendrá una puerta metálica miniada y barnizada en cerradura, perfectamente colocada y con todos sus elementos de colgar.

Tercero.—En el supuesto de no realizar las obras ordenadas en el plazo indicado, se procederá a la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento a costa de la propiedad.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer potestativamente recurso de reposición, ante el ilustrísimo señor alcalde-presidente, en el plazo de un mes, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime pertinente.

Lo que se notifica a doña Milagros García García, con domicilio en la calle Rafael Calvo, número 16, 28010 Madrid.

Guadalajara, a 21 de septiembre de 2010.—La oficial mayor, Elena Martínez Ruiz.

(02/10.642/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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