Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
27-10-2010

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101027-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

VILAFRANCA DEL PENEDÉS

LICENCIAS

86
Caducidad licencia

De conformidad con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica, por haber resultado infructuosos los intentos de notificación, a “Compañía Intercontinental de Montajes, Sociedad Limitada”, como empresa instaladora de una grúa torre, y a don Francisco Lacalle Ramírez, como técnico responsable de la grúa, la resolución de 11 de junio de 2010, del concejal-delegado de Urbanismo, del tenor literal siguiente:

«El concejal-delegado de Urbanismo, por resolución de 11 de junio de 2010, ha acordado lo siguiente:

Con fecha 16 de marzo de 2006 se otorgó licencia urbanística de obras menores a “Conserpe, Sociedad Limitada”, para la instalación de una grúa torre en el inmueble situado en la calle Baldomer Lostau, número 7 (expediente 195/06).

La condición 7.a del pliego de condiciones generales de las licencias de obras menores establece que el plazo máximo para la terminación de las obras es de un año; también es posible conceder una prórroga por la mitad del plazo de que se trate, si se solicita así de forma justificada antes de ultimarse los plazos establecidos, con expresa advertencia de que la licencia caducará al finalizar estos plazos.

Los servicios técnicos municipales han recibido diversas quejas de los vecinos colindantes con la obra en las que manifiestan su inseguridad por el estado de abandono de la grúa y la falta de salubridad que provocan los pájaros que se posan en la estructura.

Según informe del técnico municipal, las obras no se hallan finalizadas y han transcurrido los plazos establecidos en el período de audiencia previa que garantiza el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no se han formulado alegaciones ni reclamaciones de ningún tipo, y actuando por delegación de la Alcaldía (decreto 1 de junio de 2009),

Decreto:

Declarar la caducidad de la licencia concedida a “Conserpe, Sociedad Limitada”, con fecha 16 de marzo de 2006, para la instalación de una grúa en la finca situada en la calle Baldomer Lostau, número 7. La grúa tendrá que retirarse en el plazo máximo de dos meses a partir de la caducidad, y en caso de continuar la ejecución de la obra se solicitará una nueva licencia ajustada al ordenamiento urbanístico en vigor».

Contra el acto administrativo que se notifica, el cual es definitivo en vía administrativa, puede interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano municipal que lo ha dictado, en el plazo máximo de un mes a partir de la notificación. Contra el acto de resolución expreso del recurso de reposición, o bien, directamente, contra este acto administrativo, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la provincia de Barcelona, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación correspondiente. Asimismo, se puede presentar cualquier otro recurso que se considere oportuno de acuerdo con la Ley.

Vilafranca del Penedés, a 14 de septiembre de 2010.—El alcalde, Pere Regull Riba.

(02/9.966/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.40: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101027-86