Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
05-10-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101005-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

191
Demanda 185 de 2010

Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 185 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Shagñay Paredes, contra don Lorenzo Ovirino Acosta Zambrano, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 265 de 2010

En Madrid, a 26 de abril de 2010.—Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Jorge Shagñay Paredes, que comparece, y de otra, como demandado, don Lorenzo Ovirino Acosta Zambrano, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que apreciando la falta de jurisdicción del orden social en el procedimiento planteado por don Jorge Shagñay Paredes, frente al demandado don Lorenzo Ovirino Acosta Zambrano, debe desestimar la demanda, al no haber acreditado la parte actora la existencia de relación laboral entre ambas partes, ni siquiera mediante indicios, debiendo absolver al demandado de cuantas pretensiones de condena se han hecho valer frente a el en este procedimiento.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Lorenzo Ovirino Acosta Zambrano, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de agosto de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.147/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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