Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Decimonovena

EDICTO

82
Recurso de apelación 387 de 2010

Doña Margarita Martín Uceda, secretaria de la Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid.

Hace saber: Que en los autos que se indicarán se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 383

Ilustrísimos señores magistrados don Nicolás Díaz Méndez, don Epifanio Legido López (ponente) y don Ramón Ruiz Jiménez.—En Madrid, a 15 de julio de 2010.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los señores magistrados anteriormente citados, ha visto en grado de apelación los autos de juicio ordinario número 542 de 2003, provenientes del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, y seguidos, entre otros extremos, sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala número 387 de 2010, en el que han sido partes: como apelante­demandada, “Novocorp, Sociedad Anónima”, que estuvo representada por el procurador señor Ortiz de Urbina Ruiz y defendida por letrado, y de otra, como apelados, los demandantes don Daniel Sánchez González y doña María del Pilar García-Mochales Solano, que vinieron al litigio representados por la procuradora señora González García, y los codemandados “Promoción y Desarrollo de Complejos Turísticos, Sociedad Limitada”, y “Asociación de Inversores Turísticos, Sociedad Limitada”, que permanecieron en rebeldía en ambas instancias; los actores-apelados estuvieron también defendidos por letrado.

Visto, siendo ponente el magistrado don Epifanio Legido López, que expresa el común parecer de este Tribunal.

Fallamos

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por “Novocorp, Sociedad Anónima”, que estuvo representada por el procurador señor Ortiz de Urbina Ruiz, al que se opuso don Daniel Sánchez González y doña María del Pilar García-Mochales Solano, que vinieron al litigio representados por la procuradora señora González García, contra la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid (juicio ordinario número 542 de 2003), en 12 de marzo de 2007, debemos confirmar, como desde la argumentación expuesta confirmamos, la repetida resolución con expresa imposición de las costas producidas en la alzada a su promotora.

Notifíquese esta sentencia a las partes y dese cumplimiento al artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los magistrados de este Tribunal.

Y para que sirva de notificación de esta sentencia, a través de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a las entidades “Promoción y Desarrollo de Complejos Turísticos, Sociedad Limitada”, y “Asociación de Inversores Turísticos, Sociedad Limitada”, declaradas en rebeldía y en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Madrid, a 26 de julio de 2010.—Firmado.

(02/9.083/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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