Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101006-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Ejecución 162 de 2010

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 162 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Mingo Puente, contra la empresa “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar extinguida a la fecha de la presente resolución, de 29 de julio de 2008, la relación laboral de la actora, doña María del Carmen Mingo Puente, con la empresa demandada “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas”, y “Exclusivas Publicidad, Sociedad Limitada”, debiendo abonar la demandada a la trabajadora la indemnización de 53.006,85 euros, así como los salarios de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia que declara el despido improcedente del actor, hasta la fecha de la presente resolución, en cuantía de 9.825,66 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así por este mi auto, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Global Servicios de Comunicación, Relaciones Públicas”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.506/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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