Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100802-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4

EDICTO

92
Ejecutoria 21 de 2008

El secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz.

Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria número 21 de 2008 se ha dictado la presente resolución, cuya parte dispositiva dice:

Se declara firme la sentencia dictada en esta causa, háganse las anotaciones oportunas en los libros de registro.

Para su ejecución se acuerda lo siguiente: Requiérase a los penados don Carlos Beltrán Paradela y don Óscar Bilbao Beltrán para que en el plazo máximo e improrrogable de cinco días hagan efectivo el pago de las multas a que fueron condenados en sentencia y que asciende a 75 euros, a cada uno de ellos.

Requierase igualmente a don Óscar Bilbao Beltrán para que en el mismo plazo haga efectivo el pago de la indemnización a la que fue condenado en sentencia por importe de 409,07 euros.

Bajo apercibimiento de que, en caso de impago se procederá contra sus bienes por la vía de apremio, y en caso de insolvencia declarada, deberán cumplir la responsabilidad personal subsidiaria establecida en el artículo 53 del Código Penal.

Así lo dispone, manda y firma don Jesús Broto Cartagena, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz.

Y para que conste y sirva de notificación a don Óscar Bilbao Beltrán, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 25 de junio de 2010.—El secretario (firmado).

(03/28.317/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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