Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
29-07-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100729-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

125
Demanda 1.276 de 2009

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.276 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Melchor Pablos y don Juan Carlos Martínez Díaz-Valdés, contra la empresa “Club Sport Sala Villaverde”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 10 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Alfonso Melchor Pablos y don Juan Carlos Martínez Díaz-Valdés, contra la empresa “Club Sport Sala Villaverde”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a los trabajadores las siguientes cantidades: a don Alfonso Melchor Pablos, 8.650 euros, y a don Juan Carlos Martínez Díaz-Valdés, 2.833,40 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Club Sport Sala Villaverde”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.214/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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