Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
26-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-208

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

208
Demanda 614 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 614 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Martín Flores, don Beyhan Ismaet Hyusein, don Giovanni Casteñada Ampuero, don Freddy Alberto Goya Álvarez, don Nelson Paulo Reis Serraninho, don Claudiu Chiorean, don Pedro Serrano Fernández, don Fausto Felibe Muñoz Argedes, don Gilmer Mario Peña Vega y don Miguel Ángel Corredera Díaz, contra las empresas “Ferpa Suministros, Sociedad Anónima”, “Construcciones MS”, “Roberto Carlos Tarro Valle, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, don Dutihl Carvajal, señor Álvarez Fernández y don Isidro María Leal de Arriaga, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda de los actores y declaro debidas las cantidades que se fijarán a continuación. Declaro, asimismo, la responsabilidad solidaria de las tres codemandadas.

En consecuencia, condeno de forma solidaria a “Roberto Carlos Tarro Valle, Sociedad Limitada Nueva Empresa”, “Ferpa Suministros, Sociedad Anónima”, y a la principal, “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, a que paguen:

A don Giovanni Castañeda Ampuero: 3.082,74 euros.

A don Beyham Ismet Hyusein: 5.419 euros.

A don Freddy Alberto Goya Álvarez: 4.977,89 euros.

A don Nelsonn Paulo Reis Serraninho: 6.419 euros.

A don Claudiu Chiorean: 4.972,89 euros.

A don Fausto Felibe Muñoz Argedes: 6.285,67 euros.

A don Gilmer Mario Peña Vega: 6.419 euros.

A don Miguel Ángel Corredera Díaz: 5.419 euros.

Declaro la mora de la demandada, por lo que se aplicará el 10 por 100 de interés moratorio anual la cantidad anteriormente señalada desde la fecha del devengo hasta su total pago. Desestimo la cantidad correspondiente a horas extras que los actores reclaman con su demanda. En consecuencia, absuelvo a las demandadas de dicha pretensión actora.

Notifíquese esta sentencia a los administradores concursales.

Se tiene por desistido a don Juan Martín Flores.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal de “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferpa Suministros, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de junio de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.133/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100726-208