Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100719-48

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Coordinación Institucional

Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno

48
Horario de apertura bibliotecas públicas

Acuerdo de 1 de julio de 2010, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el horario de apertura en fin de semana de las nuevas Bibliotecas Publicas Municipales, así como la modalidad de reducción horaria con ocasión de la festividad de San Isidro y durante la jornada de verano en las Bibliotecas Públicas Municipales.

El presente acuerdo tiene por objeto aprobar el horario de apertura en fin de semana de las nuevas Bibliotecas Públicas Municipales, así como establecer la forma en la que se disfrutará la reducción horaria prevista en el artículo 11.6 del Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2008-2011, con ocasión de la festividad de San Isidro y durante la jornada de verano en todas las Bibliotecas Publicas Municipales.

La Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid, y sus Organismos Autónomos ha abordado en sucesivas reuniones las propuestas formuladas por la Administración relativas tanto al horario de apertura de las nuevas Bibliotecas Publicas Municipales en fin de semana, como a la forma en que se llevará a cabo la reducción horaria con ocasión de la festividad de San Isidro y durante la jornada de verano en todas las Bibliotecas Publicas Municipales.

Al no haberse alcanzado acuerdo en la negociación, procede que la Administración, con el fin de mejorar la prestación del servicio al ciudadano, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establezca la regulación de las cuestiones referidas.

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la competencia para la adopción del presente acuerdo correspondiente a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.

En su virtud, a propuesta del delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 1 de julio de 2010, acuerda:

Primero.—Aprobar el horario de la apertura en fin de semana de las Bibliotecas Publicas Municipales que se inauguren a partir de la fecha de adopción del presente acuerdo en los términos recogidos en el anexo al mismo.

Segundo.—La reducción horaria prevista en el artículo 11.6 del Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2008-2011 con ocasión de la festividad de San Isidro y durante la jornada de verano se realizarán en todas las Bibliotecas Públicas Municipales en los términos recogidos en el anexo al presente acuerdo.

ANEXO

1. Horario de apertura de las nuevas Bibliotecas Públicas Municipales en fin de semana

— De lunes a viernes:

Turno de mañana: de ocho a quince horas.

Turno de tarde: de catorce y treinta a veintiuna y treinta horas.

— Un fin de semana de cada tres en el siguiente horario:

Sábados: de nueve a dieciocho horas.

Domingos: de nueve a catorce horas.

El personal que preste servicio en las Bibliotecas Publicas Municipales cuya apertura se produzca a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo sujetará sus turnos y horarios a lo anteriormente establecido.

— Cuando se preste servicio el fin de semana, el descanso semanal se disfrutará en los dos días consecutivos, esto es, el lunes y el martes, posteriores al fin de semana en que se preste servicio.

— Si algún sábado festivo solo se librará en su compensación un día: el lunes.

— Los días de permiso retribuido previstos como “días de libre disposición” no podrán disfrutarse en sábado o domingo.

2. Reducción horaria durante la semana de San Isidro y temporada estival en todas las Bibliotecas Públicas Municipales

La reducción horaria en el artículo 11.6 del Acuerdo-Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el período 2008-2011 durante la semana de San Isidro y temporada estival se realizará en todas las Bibliotecas Publicas Municipales en los siguientes términos:

— Turno de mañana: de ocho cuarenta y cinco a catorce cuarenta y cinco horas.

— Turno de tarde: de catorce y treinta a veinte y treinta horas.

En Madrid, a 1 de julio de 2010.—El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.

(03/27.550/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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