Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
22-06-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100622-87

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Delegación de atribuciones

El alcalde-presidente mediante decreto de Alcaldía número 994/2010, de 15 de abril, delega el ámbito de los asuntos referentes a consumo y vigilancia y control de animales domésticos en el concejal don Juan Carlos Díaz Rodríguez en concreto las siguientes facultades:

— La Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales relativos a consumo.

— Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en materias de conciliaciones y arbitrajes de consumo.

— Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos a su Área, incluyendo los relativos a la venta sin licencia fuera de establecimientos permanentes y a excepción de los relativos al personal, en materia tributaria y en materia de contratos cuya competencia material no se le haya delegado por razón del gasto.

— Concesión de subvenciones y ayudas correspondientes a su Área, como resultado del procedimiento correspondiente en régimen de concurrencia competitiva regulado por bases específicas aprobadas por el Pleno, cuando su importe no exceda de 12.000 euros.

— Autorización de matrimonios civiles.

— Firma de la remisión de publicación de anuncios a los distintos boletines oficiales en materias de su competencia.

— Firma de los convenios administrativos de su competencia una vez aprobados por el órgano correspondiente según el gasto, salvo que por su normativa específica o por otras razones se firmen por el alcalde.

Igualmente se delega la aprobación de gastos que corresponden a esta Alcaldía en el referido concejal del Área correspondiente, tal y como tienen delegado el resto de concejales:

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RD = Retención de crédito.

A = Autorización del gasto.

D = Disposición del gasto.

O = Reconocimiento de la obligación.

P = Ordenación del pago y pago material.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de los establecido en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobada por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Mahadahonda, a 11 de mayo de 2010.—El alcalde, Narciso de Foxá Alfaro.

(03/21.464/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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