Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 117

Fecha del Boletín 
18-05-2010

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100518-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 2

EDICTO

101
Juicio de faltas 16 de 2009

Doña Mónica Celada Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 16 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Don Fernando F. Orteu Cebrián, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de esta ciudad y su partido, vistos los precedentes autos de juicio de faltas número 16 de 2009, seguidos por una presunta falta de juicio del artículo 623.1 del Código Penal.

Que debo condenar y condeno a doña Lilia Brons, como autora de una falta de hurto del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de treinta días multa, a razón de 6 euros por día multa, quedando sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, con expresa imposición de costas a la denunciada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación. Durante este período se encontrarán las actuaciones en Secretaría a disposición de las partes.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Lilia Brons, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Fuenlabrada, a 8 de marzo de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/17.801/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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