Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 108

Fecha del Boletín 
07-05-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100507-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 1

EDICTO

131
Juicio de faltas 320 de 2009

Doña Ana Isabel García García, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 320 de 2009 se ha dictado sentencia en fecha 25 de noviembre de 2009, cuyo encabezamiento, hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente:

Encabezamiento

En Alcorcón (Madrid), a 25 de noviembre de 2009.—Vistos por don Carlos Águeda Holgueras, magistrado-juez de instrucción del número 1 de los de Alcorcón (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas, seguidos en este Juzgado y registrados con el número 320 de 2009, sobre una falta de desconsideración y falta de respeto a la autoridad, entre partes, a instancias de los agentes del Cuerpo Nacional de Policía números 72.615 y 72.064, frente a don Israel Orellana García y doña Cecilia Sofía Maciel Toracido, con intervención del ministerio fiscal; y...

Hechos probados:

Sobre las diez horas del día 18 de septiembre de 2009, en la calle Juan Ramón Jiménez, de Alcorcón (Madrid), don Israel Orellana García dijo a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía números 72.615 y 72.064, “no tienes cojones” y “vamos a pelear cuerpo a cuerpo”, y doña Cecilia Sofía Maciel Toracido dijo a los agentes del Cuerpo Nacional de Policía números 72.615 y 72.064 se encontraban en el ejercicio de sus funciones y debidamente uniformados.

Fallo

Condeno a don Israel Orellana García y a doña Cecilia Sofía Maciel Toracido, como autores responsables, cada uno de ellos, de una falta de desconsideración y falta leve de respeto debida a la autoridad en el ejercicio de sus funciones del artículo 634 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancia modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de diez días de multa para cada uno, con una cuota diaria de 6 euros, lo que hace un total de 20 euros cada uno, que serán abonados en un solo pago o en los plazos que en ejecución de sentencia se fijen, con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas que dejaren de abonar. Igualmente, les condeno al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 976, en relación con los artículo 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, contra la misma se puede interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado y para su resolución por la Audiencia Provincial; expídase testimonio de la misma que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente cabe recurso de apelación, en ambos efectos, para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia al ministerio fiscal y demás partes.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Cecilia Sofía Maciel Toracido, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 8 de abril de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/16.533/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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