En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 73.6, en relación con el 79, ambos de la Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, se hace público que la Asamblea General de la sociedad cooperativa de viviendas “Enfermería Hábitat Madrid Norte I, Sociedad Cooperativa Madrileña”, adoptó el 9 de marzo de 2010, acuerdo de escisión de “Enfermería Hábitat Madrid Norte I, Sociedad Cooperativa Madrileña”, mediante la segregación de dos partes del patrimonio y de sus socios; de forma que la cooperativa, sin extinguirse, traspasa en bloque lo segregado y adscribe los socios a dos sociedades cooperativas de viviendas de nueva creación, que adoptarán las denominaciones de “Enfermería Hábitat Madrid Norte II, Sociedad Cooperativa Madrileña” y “Enfermería Hábitat Madrid Norte III, Sociedad Cooperativa Madrileña”.
Igualmente, se hace constar públicamente que los socios y acreedores podrán obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como el balance de escisión. Del mismo modo se deja pública constancia del derecho de oposición de los acreedores a la escisión, en los términos y con los efectos del artículo 75 de la mencionada Ley, en el plazo de un mes desde el último de los anuncios de acuerdos de escisión.
En Madrid, a 12 de abril de 2010.—El presidente, Carlos Linares Sáez.
(02/3.985/10)
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