Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100424-16

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 67

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

16
Verbal de desahucio por falta de pago 1.832 de 2008

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.832 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado la resolución de fecha 1 de septiembre de 2009 siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 1 de septiembre de 2009.—Doña María del Carmen López Hernández, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 67 de Madrid, a instancias de comunidad de propietarios de la calle Malcampo, número 9, de Madrid, contra doña Carmen Beatriz Navarro, que no comparece.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Por la procuradora de los tribunales doña Cristina Palma Martínez, en la representación acreditada de comunidad de propietarios de la calle Malcampo, número 9, de Madrid, se interpuso demanda el 7 de octubre de 2008 para ser seguida mediante juicio verbal, contra doña Carmen Beatriz Navarro.

Segundo.—Admitida a trámite la demanda se acordó la citación de las partes para la celebración de juicio verbal, lo cual se realizó el 15 de julio de 2009 conforme consta en autos, no compareciendo la demandada, compareció la parte actora que aportó prueba documental que ha sido unida a los autos como consta en el acta del juicio.

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la comunidad de propietarios de la calle Malcampo, número 9, de Madrid, contra doña Carmen Beatriz Navarro, debo declarar y declaro la extinción del contrato de arrendamiento sito en la calle Malcampo, número 9, sótano, de Madrid. Debo condenar y condeno al pago de las cuantías adeudadas por 8.201,19 euros, más los intereses legales. Declaro haber lugar al desahucio de la demandada, así como al pago de las costas procesales de este procedimiento a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Carmen Beatriz Navarro se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 11 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/13.829/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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