Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
30-03-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100330-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Demanda 1.540 de 2009

Doña María José Molina de Juana, secretaria sustituta, en funciones de refuerzo, del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.540 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Castellote Corroto, contra la empresa “Gadair European Airlines, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 22 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara resuelta la relación laboral que unía a la parte actora con la demandada, y se condena a esta a que indemnice en 30.318,34 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores. Así como a que abone los dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente, hasta la fecha de esta resolución (22 de febrero de 2010) y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a 17.497,15 euros, computados desde el día 30 de septiembre de 2009, fecha del despido, hasta el día de hoy, 22 de febrero de 2010.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gadair European Airlines, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.777/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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