Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
27-03-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100327-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

65
Demanda 135 de 2010

Doña Esther Rodríguez Ruiz-Jarabo, secretaria de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que por acta dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Ramiro López Salcedo, contra “Airent, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, registrado con el número 135 de 2010, se ha acordado suspender los actos de conciliación y/o juicios señalados para ese día, por lo que cítese a “Airent, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca al nuevo señalamiento del día 15 de abril de 2010, a las quince y cincuenta y cinco horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de audiencias 1-C (primera planta), y en caso de que no hubieran finalizado los juicios del turno de la mañana deberán trasladarse a la Sala 4-C (cuarta planta), o 5-B (quinta planta) de este Juzgado de lo social número 25, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Airent, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 4 de marzo de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.763/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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