Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100310-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Demanda 1.668 de 2009

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.668 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leticia Mariela Chávez Mendieta, contra don Justo Octavio Moreno Sánchez, don Fernando Crespo Moreno y doña Ana Belén Crespo Moreno, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 21 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 21 de enero de 2010.

Parte dispositiva:

Así por este mi auto, digo: Por subsanado el defecto advertido, se admite cuanto ha lugar en derecho la demanda presentada. Cítese a las partes para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 21 de marzo de 2011, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Documental: ha lugar y requiérase a la parte demandada a fin de que lo aporte al acto de juicio oral.

Interrogatorio de los demandados: ha lugar, y cítese a don Justo Octavio Moreno Sánchez, según lo solicitado por la parte actora, para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes, en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y efectos previstos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos.

Requiérase a don Justo Octavio Moreno Sánchez a fin de que en el término de cuatro días manifieste si detenta la tutoría legal de don Fernando Crespo Moreno y doña Ana Belén Crespo Moreno y, en su caso, el domicilio de los mismos, según lo solicitado por la actora.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma podrán interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe. Ante mí.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Fernando Crespo Moreno y doña Ana Belén Crespo Moreno, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.111/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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