Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100309-176

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

OTROS ANUNCIOS

176
Padrón municipal de habitantes

Habiéndose intentado la notificación a los interesados, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, por medio del presente anuncio se comunica que se va a proceder a tramitar la baja de oficio en el padrón municipal de habitantes de este municipio de las siguientes personas:

— Don Deividas Varaskevicius, con domicilio en la calle Gredos, número 8, planta baja A.

— Don Arnd Hilmar Bell, con domicilio en la calle Júcar, número 23, planta baja.

— Doña Lisa Seravalle, con domicilio en la avenida del Príncipe de Asturias, número 6, bloque 4, primero A.

Todo ello de conformidad con los artículos 54 y 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y con el acuerdo adoptado por el Consejo de Empadronamiento de 27 de junio de 2008, para desarrollar un proceso continuo de comprobación de residencia en lo que afecta a los ciudadanos NO-ENCSARP.

Lo que se pone en conocimiento de los interesados indicados anteriormente, concediéndoles un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para dar su conformidad a la baja y comunicar su nuevo domicilio, o en caso contrario presentar declaración jurada en la que manifiesten su deseo de continuar empadronados en ese domicilio.

Transcurrido dicho plazo sin efectuar alegación alguna se procederá a dar de baja por inclusión indebida, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

Villaviciosa de Odón, a 17 de febrero de 2010.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz.

(02/2.075/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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