Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 52

Fecha del Boletín 
03-03-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100303-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Demanda 879 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 879 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Belén Redondo González, contra doña Jéssica Valdesoiro Muñoz, doña Rosa Mota Figueroa, “Escuela de Oficios, Sociedad Limitada Unipersonal”, Fondo de Garantía Salarial, “Foro Formación Continua, Sociedad Limitada”, y “Escuela Opadis, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 69 de 2010

En Madrid, a 29 de enero de 2010.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre demanda de extinción de la relación laboral por voluntad de la trabajadora por incumplimiento grave del empresario y posteriormente por despido, entre partes: de una, y como demandante, doña María Belén Redondo González, que comparece con asistencia de la letrada doña Marta Alonso Carmona, y otra, como demandados, doña Rosa Mota Figueroa, que no comparece por haberse desistido de ella con anterioridad; doña Jéssica Valdesoiro Muñoz, “Escuela de Oficios, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Escuela Opadis, Sociedad Limitada”, y “Foro de Formación Continua, Sociedad Limitada”, que comparecen representadas por la señora Valdesoiro, antes mencionada, y el administrador concursal de “Escuela de Oficios, Sociedad Limitada Unipersonal”, don Jesús Guillén Suárez; el Fondo de Garantía Salarial no comparece, habiendo sido citado, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo declarar y declaro la incompetencia de este Juzgado de la jurisdicción social para conocer de la demanda planteada por la actora doña María Belén Redondo González, frente a “Escuela de Oficios, Sociedad Limitada”, por entender que corresponde a la jurisdicción mercantil, absteniéndome de entrar a conocer en el fondo del asunto.

Que debo absolver y absuelvo a doña Jéssica Valdesoiro Muñoz, “Escuela Opadis, Sociedad Limitada”, y “Foro de Formación Continua, Sociedad Limitada”, por no haber quedado acreditado que formen un grupo de empresas, a los efectos laborales, donde trabajase la actora.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Jéssica Valdesoiro Muñoz, don Jesús Suárez Guillén, “Escuela de Oficios, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Foro Formación Continua, Sociedad Limitada”, y “Escuela Opadis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 2 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.568/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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